Convocatorias de Trabajo -  Facebook

 


El Programa Familias en Acción Fase IV es un programa de ayuda social del Gobierno Nacional de Colombia, que busca apoyar a las familias más vulnerables del país. Este programa se encuentra en plena transición hacia la Renta Ciudadana, una iniciativa que pretende garantizar el acceso a una canasta básica alimentaria a los hogares más necesitados.






Con el inicio de esta transición, se han implementado mejoras en el proceso de pago de las transferencias a las familias beneficiarias del Programa Familias en Acción Fase IV. Estas mejoras buscan garantizar la efectividad del programa y asegurar que las familias reciban los recursos necesarios para cubrir sus necesidades básicas.

El objetivo principal de esta transición hacia la Renta Ciudadana es fortalecer la política de Hambre Cero en el país. Para ello, se busca garantizar un ingreso suficiente a los hogares más necesitados, de manera que puedan acceder a una canasta básica alimentaria y mejorar su calidad de vida.

Además, la transición hacia la Renta Ciudadana pretende superar el asistencialismo y promover la corresponsabilidad de los beneficiarios del programa en la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. De esta forma, se busca empoderar económicamente a las familias y fomentar la movilidad social.

El Plan Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial de la Vida” tiene como objetivo construir un sistema de transferencias dirigido por Prosperidad Social, que incluya tanto la Renta Ciudadana como una renta en especie. La transferencia monetaria de la Renta Ciudadana consistirá en la entrega de recursos a los hogares en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad socioeconómica, para contribuir a la superación de la pobreza y fomentar la movilidad social.

En conclusión, la transición hacia la Renta Ciudadana es un paso importante en la lucha contra la pobreza y el hambre en Colombia. Este programa busca garantizar un ingreso suficiente a las familias más necesitadas del país y promover su empoderamiento económico. Gracias a la Renta Ciudadana, se espera mejorar la calidad de vida de las familias beneficiarias del Programa Familias en Acción Fase IV y contribuir a la construcción de un país más justo y equitativo.

 

 

Así mismo, han comunicado que privilegiará a madres cabeza de hogar con niños y niñas menores de 6 años.

Montos en los Pagos Fase IV:

Para definir los montos de la transferencia a los hogares, la entidad tendrá en cuenta la clasificación dada por la encuesta Sisbén IV, la conformación familiar, la población indígena, las víctimas de desplazamiento forzado (inscritas con SISBEN IV) y la ubicación territorial de las familias.

Componentes del programa Familias en Acción fase IV.

El programa Familias en Acción orientará sus acciones a la formación de capital humano y fortalecimiento de competencias ciudadanas y comunitarias de los hogares en situación de pobreza y pobreza extrema, mediante dos componentes estructurales: 1) La entrega de transferencias monetarias condicionadas, 2) bienestar comunitario

Requisitos para la liquidación de las transferencias monetarias condicionadas.

Habrá lugar al reconocimiento y liquidación las transferencias monetarias cuando se cumplan los siguientes requisitos:

a. Que la familia se encuentre en estado activo, que cumpla con las condiciones de permanencia señaladas en el artículo 23.
b. Se verifique el cumplimiento de las condicionalidades descritas en el artículo 12 de la presente resolución.
c. Que la familia cuente con una persona titular asignada con capacidad jurídica de ejercicio.

Población focalizada mediante SISBÉN IV:

Para la población focalizada mediante SISBÉN IV, la liquidación se efectúa de acuerdo con el grupo, nivel y municipio al cual pertenezca en la fecha actualizada para el ciclo operativo registrado en SIFA.

Las familias identificadas como víctimas de desplazamiento forzado a través del Registro Único de Víctimas -RUV, y clasificadas entre el grupo A01 a B04 del SISBÉN IV con información actualizada en el ciclo operativo, se le liquidará el monto máximo del municipio en el cual se encuentre registrada en SIFA.

Las familias registradas en el SIFA como población indígena, se le liquidará el monto máximo del municipio en el cual se encuentra registrada.

El listado de municipios categorizados por prioridad en el presente artículo se establece en el anexo 1 de la presente resolución y están basados en las prevalencias de desnutrición según el mapa de hambre, el índice de pobreza multidimensional y los municipios que hacen parte de los programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET).

Periodicidad y entrega de las transferencias monetarias:

La dispersión de los recursos del programa y el pago final a la persona titular de la familia se realizará de manera bimestral, para lo cual el programa podrá utilizar alguno de los siguientes mecanismos:

a. Depósitos en productos bancarios o financieros: consiste en depósitos o transferencias en productos financieros activos mediante entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, seleccionados y contratados por Prosperidad Social para la dispersión de los recursos.

b. Giros postales y/o bancarios: entregas directas en efectivo a los hogares beneficiarios del programa, a través de operadores de giros postales y/o giros bancarios autorizados y vigilados por la autoridad competente, seleccionados y contratados por Prosperidad Social para la dispersión de los recursos.

El mecanismo de dispersión de cada familia será aquel que se encuentre registrado en el SIFA como resultado del proceso adelantado por Prosperidad Social para la selección de la(s) entidad(es) encargada(s) de hacer la entrega de los recursos a los participantes.

Las familias cuyo documento de identidad de la persona titular sea cédula de extranjería la transferencia monetaria se realizará únicamente mediante la modalidad de giro.

Luego de expedido el acto administrativo de liquidación y previo al pago efectivo de la transferencia monetaria, el programa podrá aplicar órdenes de no pago producto de la verificación de supervivencia de algún integrante de la familia de acuerdo con la información reportada por la Registraduría Nacional del Estado Civil y/o el Ministerio de Salud y Prosperidad Social.

Verificación de Cumplimientos:

La verificación se efectuará mediante mecanismos que permitan identificar el cumplimiento de los criterios operativos.

Si el programa Familias en Acción identifica el incumplimiento de algún criterio operativo de permanencia ordenará la suspensión preventiva en el programa.

Verificación de cumplimiento de condicionalidades.

En cada ciclo operativo, previo a la liquidación y pago de las transferencias monetarias se verificará el cumplimiento de los compromisos de corresponsabilidad en salud y educación señalados en el artículo 12 con base en la información reportada por las instituciones prestadoras de salud (IPS) y los establecimientos educativos en todo el territorio nacional.

Verificación de condiciones de permanencia y salida.

En cada ciclo operativo, previo a la liquidación y pago de las transferencias monetarias, se verificará la coherencia y veracidad de la información de las familias registradas en el SIFA, con base en las fuentes de información disponibles al momento de la verificación.

Las actuaciones para adelantar la suspensión de familias en el programa se tramitarán conforme al procedimiento administrativo general establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo (CPACA).

Paralelamente, el programa realizará acciones de búsqueda y acompañamiento a las familias para promover y facilitar la subsanación de la(s) causal(es) que originaron la decisión administrativa de suspensión.

Liquidación:

Como resultado de la aplicación de los procesos de actualización de la información de la clasificación del SISBÉN IV, novedades, verificación de cumplimiento de condicionalidades y verificación de condiciones de permanencia y salida que trata el presente capitulo, se procederá a la liquidación y orden de pago de la transferencia monetaria condicionada, mediante acto administrativo motivado en el cual determinará el listado de familias que cumplan con los requisitos señalados en el artículo 20 y el monto a pagar de acuerdo con lo señalado en el artículo 21 de la presente resolución.

Monto de las transferencias monetarias condicionadas.

El valor de las transferencias monetarias del programa Familias en Acción se liquidará bimestralmente de acuerdo con las siguientes variables territoriales y poblacionales:

Monto condicionalidad de salud:

El monto por familia contemplado para la condicionalidad de salud se liquidará siempre y cuando todos los niños y niñas menores de 6 años cumplan con las condicionalidades establecidas en el artículo 12.

Monto condicionalidad de educación:

El monto relacionado con la condicionalidad de educación se liquidará por cada niño, niña, adolescente y/o joven que cumpla con las condicionalidades establecidas en el artículo 12, para máximo 3 integrantes y adicional(es) siempre que tenga marca de discapacidad en el SIFA, de acuerdo con los registros administrativos oficiales.




Tabla de Valores:

A partir del marco de política, la fase IV del programa Familias en Acción incorpora acciones diferenciales territoriales para hacer frente al aumento de la pobreza e inseguridad alimentaria en Colombia.

Para identificar los municipios con una atención reforzada a través de un aumento del monto se tuvo en cuenta los siguientes insumos:

  • Prevalencia de desnutrición infantil. ICBF: municipios que registran niños y niñas que en sus primeros 1.000 días de vida presentan desnutrición crónica.
  • Mapa de pobreza multidimensional censal 2018. DANE: municipios con alta incidencia de pobreza multidimensional.
  • Municipios PDET: 171 municipios que fueron priorizados en los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial por ser los territorios los más afectados por el conflicto armado.

En ningún caso el monto total liquidado a la familia podrá ser superior a UN MILLON DE .. PESOS M/CTE ($1.000.000) por ciclo operativo, aunque la suma de los valores correspondientes al cumplimiento de compromisos en salud y educación supere este monto, según la anterior tabla.

 

Listados Prioridad Muy Alta, grupos A, B, desplazados, indígenas y grupo Umbral:

Listados de los municipios en que los beneficiarios recibirán hasta 1 millón de pesos como tope máximo, ya que tienen prevalencia muy alta de desnutrición infantil y alta incidencia de pobreza multidimensional.

Así mismo, el grupo A, desplazados e indigenas, en salud $1 millón y en Educación $320 mil.

Ahora, en el grupo B1 al B4, en salud $720 mil, y en educación $240 mil.

Por último, está el grupo “UMBRAL”, que recibirán en salud $320 mil y educación $120 mil.

Grupo umbral: se define como el grupo de familias focalizadas por SISBÉN IV, previamente inscritas al programa, quienes están próximas a salir de la pobreza moderada o en situación de vulnerabilidad económica y que, por lo tanto, requieren un apoyo moderado para consolidar su proceso de inclusión productiva.

El grupo «umbral» se definirá en cada ciclo operativo a partir de los cruces de información con las bases de datos de SISBÉN IV. La familia debe estar clasificada en la metodología SISBÉN IV entre los grupos B05 y C18.



 

Listados Prioridad Alta, grupos A, B, desplazados, indígenas y grupo Umbral:

Así mismo, el grupo A, desplazados e indígenas, en salud $720.000 y en Educación $240 mil.

Ahora, en el grupo B1 al B4, en salud $320 mil, y en educación $120 mil.

Por último, está el grupo “UMBRAL”, que recibirán en salud $240 mil y educación $80 mil.

Grupo umbral: se define como el grupo de familias focalizadas por SISBÉN IV, previamente inscritas al programa, quienes están próximas a salir de la pobreza moderada o en situación de vulnerabilidad económica y que, por lo tanto, requieren un apoyo moderado para consolidar su proceso de inclusión productiva.

El grupo «umbral» se definirá en cada ciclo operativo a partir de los cruces de información con las bases de datos de SISBÉN IV. La familia debe estar clasificada en la metodología SISBÉN IV entre los grupos B05 y C18. 


Listados demás municipios, grupos A, B, desplazados, indígenas y grupo Umbral:

Así mismo, el grupo A, desplazados e indígenas, en salud $320 mil y en Educación $120 mil.

Ahora, en el grupo B1 al B4, en salud $240 mil, y en educación $80 mil.

 

 

Por último, está el grupo “UMBRAL”, que recibirán en salud $160 mil y educación $60 mil.

El grupo «umbral» se definirá en cada ciclo operativo a partir de los cruces de información con las bases de datos de SISBÉN IV. La familia debe estar clasificada en la metodología SISBÉN IV entre los grupos B05 y C18.

Grupo umbral: se define como el grupo de familias focalizadas por SISBÉN IV, previamente inscritas al programa, quienes están próximas a salir de la pobreza moderada o en situación de vulnerabilidad económica y que, por lo tanto, requieren un apoyo moderado para consolidar su proceso de inclusión productiva.


 

Pagos Fase IV:

Por otro lado, cuándo ya, el Gobierno Nacional, creé las bases legales de la renta ciudadana, tienen pensado en diversas corresponsabilidades, entre ellas trabajo comunitario etc, y dependerá también de la ubicación territorial y así mismo de la capacidad humana de los beneficiarios, buscando potencializar estas capacidades y acompañamiento para que logre una autonomía.

Teniendo en cuenta esto, en abril comienza la transición del programa de renta ciudadana que está dispuesto en el Plan de Desarrollo y en el cual buscan dignificar ese sistema de transferencias, realizando el primer pago y después se entregará cada dos meses.

Canales del DPS:

  1. Línea gratuita Nacional: 018000951100

2. Nueva línea de atención Prosperidad Social Bogotá: 601 379 1088

3. Mensaje de texto: 85594

4. WhatsApp: 3188067329

5. Video llamada con Prosperidad Social:

Esta es una opción para que usted puede hablar con un asesor cara a cara. Horario de atención es de lunes a viernes de 08:00A.M A 06:00 P.M y sábados de 08:00 A.M A 1:00 P.Mhttps://webcontact-cls45-dal.i6.inconcertcc.com/inconcert/apps/webdesigner/FormularioContactoDPS?token=C9FE1C14080A401AA6D3E38B61D8A111

6. Servicio de devolución de llamadas Prosperidad Social:

Esta es una opción muy importante que ustedes necesitan conocer, pero esto sucede una vez usted haya solicitado este servicio, por favor deben estar muy pendientes.

Si deseas que directamente nosotros te contactemos, registra tus datos a continuación y te devolveremos la llamada en nuestro horario de atención de lunes a viernes de 8:00 am a 6:00 pm y sábados de 8:00 am a 1:00 pm: https://nggly242.inconcertcc.com/DPSWebCallback/index.html

7. Asesor CHAT WEB de Prosperidad Social:

Nota: – Si tu solicitud requiere ser transferida a uno de los asesores del DPS, su horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. Y sábados de 8:00am a 1:00pm– Si abres el chat desde un dispositivo móvil, te recomiendo darle clic a los tres punticos y seleccionar modo o sitio escritorio para poder visualizar el chat web correctamente.

En la página de Prosperidad Social, https://prosperidadsocial.gov.co/ en la parte inferior le sale el icono de una muñequita, le dan clic, le va a pedir una serie de datos, tipo de documento, el número identificación, apellidos, correo electrónico, nombre, celular, número fijo, los datos personales, luego le das continuar.

8. Correo Oficial de Prosperidad Social:

Correo electrónico: servicioalciudadano@prosperidadsocial.gov.co




Si quieres recibir las noticias en tu celular esta y otras informaciones descarga Telegram, ingresa al link https://t.me/conectanoticias y dale click a +Unirme.   



0 comentarios:

Publicar un comentario