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¿Quién puede ser beneficiario de Familias en Acción?
Inicialmente podrán acceder al programa:
- Las familias que tengan un nivel de SIBEN equivalente a 1 o menos de 30 puntos, y que a su vez tengan uno o más hijos menores de edad.
- Las familias que sean desplazadas, estas deben encontrarse dentro del Registro Único de Víctimas (RUV).
- Las familias indígenas, siempre y cuando se encuentren censadas por el censo de indígenas autorizado por el Ministerio del Interior y Justicia.
- Las familias afrodescendientes que se encuentren bajo una situación de pobreza o pobreza extrema.
- Otras familias que hagan parte de la red unidos.
Incentivos o subsidios que entrega Familias en Acción
Al apoyar a las familias pobres o en pobres extremas con un incentivo condicionado para la salud y educación, el programa pretende que:
- Se dé un incentivo de salud, uno por familia, es decir que sin importar la cantidad de niños el valor siempre será el mismo, aplica para todos los niños menores de 6 años. El incentivo se entrega cada dos meses hasta que el niño cumpla los 6 años. Es necesario que el niño asista oportunamente a las citas de valoración integral en salud en la IPS respectiva.
- Para el incentivo en educación la entrega es individual, a tres niños, niñas o adolescentes en una familia que estén entre los 4 y 18 años y adscritos al sistema de educación. La entrega es cada dos meses y no aplica el periodo de vacaciones de fin de año, por ende, se puede optar por él en cinco ocasiones al año, recordando que se deben cumplir con dos compromisos: los niños, niñas y adolescentes tienen que asistir por lo menos el 80% de las clases programas y no pueden perder más de dos años de estudio. Cuando un participante tenga 18 o 19 años es necesario que curse como mínimo el 10° grado. Si tiene 20 años, el grado 11°.
Entrega de incentivos de Familias en Acción sin importar edad, grado o condición
- Los jóvenes y niños que se encuentren entre los grados 1° y 11° tendrán el incentivo, teniendo como límite 3 niños, niñas o adolescentes en la familia.
- Los menores que sean discapacitados y se encuentren estudiando, debidamente reconocidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Niños o niñas entre los 4 y 6 años de edad en transición o grado cero. no aplica para la ciudad de Bogotá.

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